Beneficios para empresas y trabajadores

El contrato para la formación y el aprendizaje es un tipo de contratación con muchas ventajas tanto para el trabajador como para el empresario.
Para los trabajadores:
- Esta habilitada esta contratación para los trabajadores desempleados inscritos en la Oficina de Empleo, mayores de 16 años y menores de 30 años. No existe esta acotación cuando se trate de personas discapacitadas y colectivos en situaciones de exclusión social contratados por empresas de inserción.
- Se podrá realizar con aquellas personas que carezcan de la cualificación profesional obtenida y reconocida por el sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo requerido para concertar un contrato en prácticas para el puesto de trabajo u ocupación objeto del contrato.
- También se puede celebarar este tipo de contrato con aquellas personas que posean una titulación, siempre y cuando la cualificación profesional bajo la que se contrate sea distinta a la titulación obtenida. EJEMPLO: Si un trabajador se encuentra en posesión de un Título de Grado Medio o Superior de Formación Profesional en la rama de comercio, no habría ningún problema en contratarlo como empleado administrativo general.
- Se mantiene la acción protectora por Desempleo.
- Facilita la incorporación al mercado laboral.
- Permite la adquisición de una formación teórico profesional.
- La formación profesional adquirida por el trabajador en el marco de un contrato de trabajo formativo, será conducente a la adquisición del certificado de profesionalidad correspondiente a la actividad realizada.
Los empresarios tienen ventajas en varios frentes de su propia empresa:
- ECONÓMICO: REDUCCIÓN de cuotas en la Seguridad Social de: 100% para pequeñas y medianas empresas. 75% si la plantilla de la empresa es superior a 250 trabajadores Si no tuviera derecho a reducción de cuotas, la cotización a la Seguridad Social será fija y reducida, de 79,55€ para la empresa y 17,91€ para el trabajador. SALARIO en proporción al tiempo de trabajo efectivo.
- DURACIÓN DE LA CONTRATACIÓN: Mínima de 1 año y máxima de 3 años, modificable por convenio colectivo pudiendo realizarse inicialmente por 6 meses.
- SIN LIMITACIÓN EN EL NÚMERO DE CONTRATACIONES: No existe límite en el número de Contratos de Formación y Aprendizaje, una empresa podrá realizar tantas contrataciones en esta modalidad como crea oportuno. Por cada tres contratos debe contar con un tutor en la empresa.
- FORMACIÓN TEÓRICA BONIFICADA EN LOS SEGUROS SOCIALES: Formación teórica vinculada al puesto de trabajo desarrollado. Formación del 25% el primer año, y el 15% el segundo y el tercer año.
La formación teórica está bonificada en los Seguros Sociales, es decir, su coste es cero.
- INCENTIVOS POR TRANSFORMACIÓN: Reducción por transformación en indefinido, durante tres años de: 1500 €/año, 1800 €/año, en caso de mujeres.
El único requisito para disfrutar de esta reducción es que la transformación se realice a la finalización de la duración inicial o prórroga.
- NO EXIGEN MANTENIMIENTO DE PLANTILLA: Esta modalidad de contrato NO exige mantenimiento del nivel de empleo alcanzado con la contratación.
- NO EXIGE DEVOLUCIÓN DE LAS CANTIDADES APLICADAS: En caso de tener que despedir al trabajador, esta modalidad NO EXIGE la devolución de los beneficios aplicados en Seguridad Social o bonificación de la formación. Siempre y cuando el empresario respete las obligaciones del contrato.
- ¡NOVEDAD!!! BONIFICACIÓN ADICIONAL: La nueva formación, al ser de Certificado de Profesionalidad, permite que la empresa se beneficie de una bonificación adicional mensual, en concepto de tutorización, de entre 60 y 80 € (variará en función del volumen de plantilla que tenga la empresa).
Y SI ERES AUTÓNOMO....Puedes contratar a tus hijos como trabajadores por cuenta ajena si son menores de 30 años, independientemente si conviven con él o no, teniendo derecho a una reducción del 100% en las cuotas.
O si eres autónomo sin asalariados puedes contratar a un sólo familiar que no conviva ni esté a cargo.
Ventajas que tienen las empresas si hacen la formación del contrato con SALESGROUP:
- Estímulos a la contratación.
- Atención personalizada.
- Envío de la facturación cada mes a la cuenta de correo que nos faciliten.
- Envío de las bonificaciones tan pronto se haga el alta de la formación del contrato.
- Resolución de dudas en un plazo de 24 a 48 horas.
- Ayuda y/o acompañamiento telefónico en el procedimiento de formalización del contrato en la TESORERIA DE LA SEGURIDAD SOCIAL y en el SEPE.
SOLICITA INFORMACIÓN EN: gestioncontratos@salesgroup.es
ADEMÁS, EN NUESTROS TELÉFONOS: 649693810 ó 952898082.